Esta causal de inadmisibilidad puede aplicarse cuando una persona, de manera consciente, alentó, indujo, ayudó, asistió o facilitó que otra persona ingresara o intentara ingresar a Estados Unidos en violación de la ley.
No es necesario que exista una condena penal para que pueda surgir esta inadmisibilidad. Por ello, es importante analizar las circunstancias específicas de lo ocurrido y a quién se ayudó a ingresar.
¿Existe un perdón?
En determinados casos, sí. INA §212(d)(11) permite solicitar un perdón para esta causal, pero únicamente bajo condiciones específicas. Para que este perdón pueda estar disponible, la ayuda debe haberse proporcionado solamente a:
-
Cónyuge
-
Padre o madre
-
Hijo o hija
Si la conducta involucró también a otra persona distinta de estos familiares, el perdón bajo esta disposición no está disponible.
¿Es necesario demostrar sufrimiento extremo?
No. A diferencia de otros perdones migratorios, INA §212(d)(11) no exige demostrar extreme hardship a un familiar calificado.
La autoridad puede conceder el perdón discrecionalmente por razones humanitarias, para asegurar la unidad familiar o cuando otorgarlo sea de interés público.
.
¿Cualquier persona puede solicitarlo?
No. Además de la relación familiar mencionada, la ley limita las categorías migratorias para las cuales este perdón está disponible. Por ello, debe analizarse tanto la conducta que originó la inadmisibilidad como el beneficio migratorio que la persona está solicitando.
¿Cómo se solicita?
Cuando la persona reúne los requisitos, el perdón de esta causal puede solicitarse mediante el Formulario I-601, Application for Waiver of Grounds of Inadmissibility. Las propias instrucciones del I-601 contemplan las solicitudes de waiver bajo INA §212(d)(11).